
Preguntas frecuentes sobre: ¿Qué dietas están exentas?

¿Las dietas exentas se incluyen en la nómina?
Sí, pero deben aparecer como conceptos separados y especificarse que son exentos.
¿Qué pasa si no justifico las dietas correctamente?
Hacienda podría considerar estos importes como salario y exigir que tributen en el IRPF.
¿Puedo digitalizar mis tickets?
Sí, pero asegúrate de usar herramientas que cumplan con los estándares de la Agencia Tributaria.
¿Cuánto desgravan las dietas?
Las dietas exentas no generan un beneficio fiscal directo en forma de desgravación. En cambio, estas cantidades no se consideran ingresos sujetos a tributación en el IRPF, siempre que cumplan los límites establecidos.
Esto permite a los trabajadores recibir el importe íntegro de los gastos sin que aumente su base imponible.
¿Cuándo cotizan y tributan las dietas?
Las dietas solo cotizan y tributan si:
Superan los límites establecidos por la normativa (por ejemplo, más de 53,34 euros diarios para manutención en España).
No están debidamente justificadas con facturas o tickets.
Corresponden a gastos realizados en el lugar habitual de trabajo o residencia del trabajador.
En estos casos, el importe que exceda o no cumpla las condiciones se incluirá como rendimiento del trabajo en la nómina y será objeto de retención a cuenta.
¿Pueden los autónomos beneficiarse de las dietas exentas?
Sí, los autónomos pueden deducir ciertos gastos similares a las dietas exentas, pero con condiciones más estrictas:
Los gastos deben realizarse en establecimientos de hostelería.
Es necesario conservar las facturas con datos fiscales completos.
La deducción solo aplica si el desplazamiento está directamente relacionado con la actividad económica del autónomo.
