Preguntas sobre el Registro de Operadores Intracomunitarios

¿Es obligatorio registrarse en el ROI?
Sí, cualquier empresa o autónomo que desee realizar operaciones intracomunitarias sujetas al IVA debe estar registrado en el ROI.
¿Qué es el NIF-IVA y cómo se obtiene?
El NIF-IVA es un número específico asignado a los operadores intracomunitarios. Se obtiene al inscribirse en el ROI a través del modelo 036.
¿Cuánto tarda la Agencia Tributaria en aprobar la solicitud?
La Agencia Tributaria tiene un plazo de tres meses para resolver la solicitud. Si no hay respuesta en este tiempo, se considera denegada por silencio administrativo.
¿Qué ocurre si realizo operaciones sin estar registrado en el ROI?
Operar sin estar inscrito puede conllevar sanciones y la imposibilidad de aplicar las exenciones de IVA.
¿Cómo darme de baja en el ROI?
Presenta nuevamente el modelo 036, marcando la casilla correspondiente para la baja en el registro.
¿El ROI se aplica a operaciones digitales?
Sí, los servicios digitales prestados entre operadores intracomunitarios también deben cumplir con las normativas del ROI.
