¿Cómo cobrar el 100 % estando de baja por accidente laboral?

Hablemos de cómo cobrar la baja

Cuando un trabajador sufre un accidente laboral, una de las primeras dudas que surgen es cuánto cobrará durante la baja médica y si existe la posibilidad de percibir el 100 % de su salario. Aunque esta idea es común, lo cierto es que no siempre se cobra el sueldo íntegro, ya que la cantidad depende de varios factores como la base de cotización, el convenio colectivo o las políticas internas de la empresa.

Desde Laboral Valencia, hemos preparado esta guía con el objetivo de ofrecer una orientación general sobre cómo funciona la prestación por incapacidad temporal en caso de accidente laboral, y en qué situaciones puede llegarse a cobrar el 100 % del salario.

Aun así, cada caso es distinto, y la normativa puede aplicarse de forma diferente según la profesión, el convenio o la entidad gestora. Por eso, antes de tomar decisiones o presentar reclamaciones, es importante consultar con un abogado laboralista que analice tu caso concreto y te indique cuál es tu derecho real a percibir el total de tu salario durante la baja.

¿Cuánto se cobra estando de baja por accidente laboral?

Cuando un trabajador sufre un accidente laboral y recibe la baja médica, tiene derecho a una prestación económica que compensa la pérdida de ingresos. En la mayoría de los casos, se cobra el 75 % de la base reguladora desde el día siguiente al accidente, ya que el primer día lo abona la empresa.

Esta base se calcula en función de la cotización del mes anterior y puede variar según los complementos o pluses incluidos. Por eso, muchas veces el importe que recibe el trabajador no coincide exactamente con su salario habitual.

Sin embargo, existen situaciones en las que sí puede alcanzarse el 100 % del sueldo, ya sea por convenio colectivo, por un complemento de empresa o incluso por la existencia de un seguro. En la siguiente tabla puedes ver un resumen claro de las distintas posibilidades:

Situación % Salario Quién paga
Accidente laboral (general) 75 % de la base reguladora. Mutua o Seguridad Social.
Con complemento de convenio Hasta el 100 % del sueldo. Empresa.
Recargo por falta de seguridad +30 % a +50 % sobre la prestación. Empresa infractora.
Seguro o mejora voluntaria Hasta el 100 %. Empresa o aseguradora.

Como ves, no todos los casos permiten cobrar el 100 % del salario, y la diferencia depende sobre todo de lo que establezca tu convenio o de si la empresa tiene políticas de mejora. Por eso, siempre conviene revisar tu nómina y tu convenio colectivo o, en caso de duda, consultar con un abogado laboralista para comprobar si tienes derecho a ese complemento y cómo reclamarlo.

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¿Cuánto se cobra estando de baja por accidente laboral?

Cobrar el 100 % del salario mientras se está de baja por accidente laboral no es lo habitual, pero sí puede lograrse en algunos casos concretos. La clave está en el convenio colectivo, en los acuerdos con la empresa o en determinadas circunstancias legales que mejoran la prestación básica del 75 %.

Los supuestos más frecuentes son los siguientes:

Cuando se cobra el 100% del Salario Estando De baja por accidente laboral
  • Convenio colectivo con mejora económica: Muchos convenios establecen un complemento hasta el 100 % del salario durante la baja por accidente laboral. Este suplemento lo abona directamente la empresa y suele aplicarse desde el primer día o a partir de un determinado periodo de tiempo (por ejemplo, tras los 15 primeros días).

  • Acuerdo individual o política interna de la empresa: Algunas compañías, especialmente en sectores con riesgo laboral alto, incluyen en su normativa interna un complemento voluntario que garantiza el salario íntegro durante la baja.

  • Recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad: Si el accidente se debe a una negligencia de la empresa (por ejemplo, ausencia de equipos de protección o incumplimiento de la normativa de prevención), el trabajador puede recibir un incremento entre el 30 % y el 50 % de la prestación, a cargo de la empresa.

  • Seguros complementarios o mutualidades: En ciertos casos, la empresa tiene contratadas pólizas que cubren el salario completo en caso de accidente laboral. Este tipo de cobertura suele incluirse en convenios o acuerdos sectoriales.

En cualquier situación, para comprobar si te corresponde el 100 % del salario, es fundamental revisar tres aspectos: tu convenio colectivo, el contrato de trabajo y si existe algún seguro de accidente contratado por la empresa.

Fórmula de cálculo y ejemplo práctico para la base reguladora

El importe que se cobra durante una baja por accidente laboral depende de la base reguladora, que es la referencia que utiliza la Seguridad Social para calcular la prestación.

En España —y por tanto también en Valencia— esta base se obtiene a partir de la base de cotización del mes anterior a la baja, dividida entre el número de días cotizados.

Fórmula general

Base reguladora = Base de cotización del mes anterior ÷ número de días cotizados

Ejemplo práctico en Valencia

Si en Valencia un trabajador con una base de cotización de 1.800 € al mes sufre un accidente laboral y tiene 30 días cotizados, su base reguladora sería de 60 € diarios.
Durante la baja, la Seguridad Social o la mutua abonarán el 75 % de esa cantidad, es decir, 45 € por día (unos 1.350 € al mes).

Ahora bien, en muchos sectores valencianos (como la construcción, el metal, la hostelería o la administración pública) los convenios colectivos suelen mejorar este porcentaje, y establecen complementos hasta el 100 % del salario. En esos casos, la diferencia entre el 75 % y el 100 % la paga la empresa, no la Seguridad Social.

💡 Por eso, es importante revisar el convenio aplicable en la Comunidad Valenciana —muchos incluyen cláusulas de mejora económica en caso de accidente laboral— y comprobar si la empresa tiene seguros de convenio o acuerdos internos que cubran la totalidad del salario durante la baja.

Requisitos y pasos para reclamar el complemento al 100 % del salario

Cobrar el 100 % del salario durante una baja por accidente laboral no siempre ocurre de forma automática. Para poder reclamar ese complemento es necesario cumplir una serie de condiciones y seguir un proceso ordenado que permita acreditar el derecho ante la empresa o la mutua.

1- Revisar el convenio colectivo aplicable

El primer paso es comprobar si tu convenio colectivo incluye una mejora de la prestación. Muchos sectores en Valencia —como el metal, la construcción o la administración— establecen en sus convenios el derecho a percibir el 100 % del salario durante la baja por accidente laboral.
Si tu convenio lo recoge, la empresa debe aplicarlo sin necesidad de solicitarlo expresamente.

2- Analizar la nómina y la base de cotización

Es importante revisar tu nómina para comprobar si se ha aplicado el complemento. Debes fijarte en la base de cotización y en la cuantía abonada por la mutua o la Seguridad Social. Si solo estás recibiendo el 75 %, puede que la empresa no haya aplicado el complemento correctamente.

3- Reunir la documentación necesaria

Guarda copias de tus nóminas, el parte de baja, el informe de la mutua y, si es posible, una copia del convenio colectivo. Estos documentos serán esenciales si necesitas presentar una reclamación.

4- Reclamar el complemento ante la empresa

En primer lugar, lo ideal es presentar una reclamación por escrito a la empresa, explicando que el convenio recoge el derecho al complemento.
Si la empresa no responde o mantiene su negativa, puede iniciarse una reclamación formal a través del SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) en Valencia o mediante demanda ante el Juzgado de lo Social.

5- Contar con asesoramiento especializado

Dado que este tipo de reclamaciones pueden implicar cálculos técnicos y plazos específicos, lo más recomendable es consultar con un abogado laboralista en Valencia.
Un profesional podrá analizar tu caso, verificar si se aplica el complemento y ayudarte a reclamarlo con todas las garantías legales.

Dudas sobre cobrar estando de baja por accidente laboral

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El trabajador empieza a cobrar desde el día siguiente al accidente. El primer día corre a cargo de la empresa, y a partir del segundo paga la mutua o la Seguridad Social.

Depende del caso: la empresa paga el primer día, y después la mutua colaboradora o la Seguridad Social abonan la prestación del 75 % de la base reguladora.
Si existe complemento por convenio, la empresa paga la diferencia hasta el 100 %.

Sí, si tu convenio colectivo o la empresa lo establece expresamente. También si existe un seguro o mejora voluntaria.
De lo contrario, la prestación se queda en el 75 % del salario base.

Puedes consultarlo en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, en el portal del Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) o preguntar a tu departamento de recursos humanos.
Un abogado laboralista puede revisar tu convenio y confirmarlo fácilmente.
 
 

Primero presenta una reclamación escrita. Si no se corrige, puedes acudir al SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) de Valencia o presentar una demanda en el Juzgado de lo Social.
Un abogado especializado debería acompañarte en todo el proceso.

La ley española es la misma (Ley General de la Seguridad Social), pero los convenios colectivos de la Comunidad Valenciana pueden incluir mejoras económicas. Por eso, es importante revisar la normativa autonómica y sectorial.

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