Tipos de IVA en España: guía actualizada (2025)

Tipos de IVA e implicaciones

En el día a día de cualquier empresa o autónomo, aplicar correctamente el IVA es esencial para no tener problemas con Hacienda.
Aunque parece sencillo, la realidad es que existen varios tipos de IVA en España, y elegir el correcto depende de la naturaleza exacta del bien o servicio que factures.

En esta guía repasamos los tipos de gravamen vigentes según la Agencia Tributaria española, con la precisión de un gestor contable que trabaja con estas normas cada trimestre.
Y algo importante: los tipos pueden modificarse por ley o medidas temporales, así que siempre conviene contrastar la información más reciente o consultarlo con tu asesor.

Tipos de IVA vigentes en España (2025)

En España se aplican tres tipos principales de IVA, recogidos en la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido y actualizados anualmente por la Agencia Tributaria en su documento “Tipos impositivos del IVA”.

Estos tipos reflejan el porcentaje que se aplica sobre el precio del producto o servicio, y determinan la cuota de IVA repercutida al cliente.

Tipos de IVA en Valencia
Tipo Porcentaje Ejemplos habituales
General 21% La mayoría de bienes y servicios: tecnología, asesorías, moda, vehículos, suministros profesionales, etc.
Reducido 10% Hostelería, transporte de viajeros, servicios veterinarios, entregas de viviendas, algunos alimentos y bebidas no alcohólicas.
Superreducido 4% Alimentos básicos (pan, leche, frutas, verduras), libros, periódicos, medicamentos y productos de primera necesidad.

💡 Nota del gestor: también existen tipos excepcionales, como el 5% o el 0%, aplicables a casos temporales o muy específicos (por ejemplo, suministros energéticos en determinadas fechas o productos de emergencia).

Estos cambios se publican en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y la Agencia Tributaria actualiza su tabla oficial cada ejercicio.

¿Dónde se reflejan estos tipos y quién los regula?

Los tipos de IVA aplicables en España están definidos en la Ley 37/1992, y su desarrollo reglamentario figura en el Real Decreto 1624/1992.
Cada año, la Agencia Tributaria (AEAT) publica el documento “Tipos impositivos en el IVA”, que agrupa los bienes y servicios clasificados según tipo (21%, 10% o 4%).

Además, estos tipos deben ajustarse al marco europeo fijado en la Directiva 2006/112/CE, que establece los mínimos y categorías que cada Estado miembro puede aplicar.

Desde la gestoría vemos a menudo confusión con este punto: el IVA no lo decide la empresa, sino la clasificación legal del bien o servicio. Aplicar un tipo incorrecto puede suponer tener que emitir facturas rectificativas o incluso sanciones si Hacienda revisa las declaraciones.

Ejemplos de IVA que generan dudas

A lo largo de los años, muchos clientes nos consultan sobre pequeños casos que acaban siendo importantes.
Estos son algunos ejemplos reales:

  • Panadería artesanal: desde 2025, todo el pan (incluso integral o sin gluten) tributa al 4%, tras la unificación del criterio de la DGT.

  • Alojamientos turísticos: aplican el 10%, salvo servicios añadidos de ocio o eventos, que van al 21%.

  • Venta de libros digitales: desde la reforma europea de 2020, también disfrutan del 4%, igual que los impresos.

  • Servicios de consultoría o gestoría: siempre al 21%, salvo que se presten desde un país con régimen especial o exento (poco habitual).

  • Obras en vivienda habitual: pueden aplicar 10% si cumplen requisitos del artículo 91 de la Ley del IVA (reformas que no suponen ampliación de superficie, por ejemplo).

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¿Cómo saber el Impuesto de Valor Añadido correcto?

Si dudas entre dos tipos, sigue esta regla sencilla:

  1. Define el producto o servicio con precisión (no te quedes con el nombre comercial).
  2. Consulta el documento oficial de la AEAT “Tipos impositivos IVA 2025”, que especifica los epígrafes correctos.
  3. Valida con tu gestor contable o fiscal, porque los tipos pueden variar por interpretación, fecha o régimen transitorio.

Recuerda: los tipos de IVA pueden cambiar

 

El IVA no es estático. El Gobierno puede aprobar modificaciones temporales o definitivas mediante reales decretos o leyes presupuestarias.
Por eso, si llevas tiempo aplicando el mismo tipo en tus facturas, merece la pena revisarlo con tu gestor al inicio de cada ejercicio fiscal.

Pequeñas variaciones (como pasar del 10% al 4%) pueden parecer irrelevantes, pero suponen diferencias significativas en tus declaraciones trimestrales y en la deducción del IVA soportado.

Errores comunes al aplicar el IVA y cómo evitarlos

En el trabajo diario de gestoría vemos que muchos autónomos aplican mal el IVA sin darse cuenta.
La confusión suele venir por no identificar correctamente la naturaleza del servicio o producto, o por no revisar los cambios normativos que cada año afectan a los tipos impositivos.

Algunos ejemplos frecuentes:

  • Facturas con varios tipos de IVA: cuando en una misma factura se incluyen productos al 10% y servicios al 21%, y se aplica todo de forma uniforme.

  • Operaciones exentas mal interpretadas: como clases formativas o servicios sanitarios que no cumplen los requisitos de exención, lo que puede generar ajustes en la declaración de renta o sanciones posteriores.

  • Cambios de tipo no actualizados: sectores como alimentación o energía, donde el Gobierno aplica tipos temporales del 5% o 0%, y muchas empresas continúan repercutiendo el 10% o 21%.

  • IVA intracomunitario o exportaciones: aplicar una exención sin tener correctamente el NIF-IVA o los justificantes puede derivar en liquidaciones complementarias.

El IVA no es un impuesto estático. Los tipos se revisan periódicamente mediante reales decretos y órdenes ministeriales. Por eso, conviene contrastar cada caso con la documentación oficial de la Agencia Tributaria o con tu gestor contable, especialmente antes de presentar los modelos 303 o 390.

Un asesor fiscal puede ayudarte a clasificar correctamente tus operaciones, aplicar la prorrata cuando hay actividades exentas y evitar rectificaciones que pueden ser costosas.
En definitiva, un buen control del IVA protege tu negocio y garantiza que tus declaraciones sean coherentes y seguras.

IVA en Valencia: por qué contar con un gestor especializado

En Valencia, muchos autónomos y pequeñas empresas manejan su facturación directamente hasta que surgen incidencias con el IVA o con las declaraciones trimestrales.
Cada año, la Agencia Tributaria introduce ajustes o excepciones en los tipos impositivos, y no siempre resulta fácil interpretarlos correctamente.

Un gestor contable en Valencia conoce de primera mano cómo aplicar los tipos reducidos o superreducidos en sectores locales —como hostelería, reformas, inmobiliarias o servicios profesionales—, y cómo reflejarlos correctamente en los modelos 303 y 390.
Además, puede ayudarte a revisar la prorrata, a declarar operaciones intracomunitarias o a ajustar deducciones en tu próxima declaración de renta.

presentación de documentos para autónomos

En definitiva: contar con un profesional que conozca tanto la normativa nacional del IVA como las particularidades locales de la Comunidad Valenciana garantiza que tus declaraciones sean precisas, seguras y fiscalmente óptimas.

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