¿Qué es una baja laboral?

Cuestiones sobre Incapacidades temporales

Una baja laboral es la situación en la que un trabajador deja de prestar sus servicios temporalmente a causa de una enfermedad o accidente que le impide desarrollar sus funciones habituales.

Durante este periodo, el empleado tiene derecho a recibir una prestación económica para compensar la pérdida de ingresos.

En la Comunidad Valenciana, las bajas laborales siguen las normativas nacionales, pero pueden tener especificidades locales en cuanto a gestión y recursos.

¿En qué consiste una baja laboral?

La baja laboral es un derecho del trabajador que se activa cuando, debido a una enfermedad común, accidente laboral o no laboral, no puede realizar sus funciones habituales en la empresa.

Durante este periodo, el trabajador deja de acudir a su puesto de trabajo y pasa a recibir asistencia médica, así como una prestación económica que sustituye parte de su salario. Esta prestación es gestionada por la Seguridad Social o por la mutua colaboradora.

En Valencia, como en el resto de España, el procedimiento para tramitar una baja laboral comienza con un informe médico emitido por el Servicio Público de Salud o una mutua, según la causa de la baja. Este informe debe ser entregado al empleador en un plazo máximo de 3 días para formalizar la situación y garantizar que el trabajador reciba el apoyo económico adecuado durante su convalecencia.

Paso a paso de una Baja Laboral

Es importante saber cómo gestionar correctamente la baja laboral. 

A continuación, te explicamos de manera sencilla y paso a paso cómo funciona el procedimiento para solicitar y gestionar una baja laboral en Valencia y en toda España:

  1. Consulta médica:

    • El trabajador que se sienta incapacitado para realizar sus funciones debe acudir a su médico de cabecera del Servicio Público de Salud o a los servicios médicos de la mutua si el motivo de la baja está relacionado con un accidente o enfermedad profesional.
  2. Emisión del parte de baja:

    • Si el médico considera que el trabajador está incapacitado, emitirá un parte de baja en el que especifica la causa de la baja (enfermedad común, accidente laboral, etc.) y la duración estimada de la incapacidad.
  3. Entrega del parte al empleador:

    • El trabajador debe entregar una copia del parte de baja a su empleador en un plazo máximo de 3 días desde la fecha de emisión del documento.
  4. Inicio de la prestación económica:

    • A partir del cuarto día de baja, el trabajador comienza a recibir una prestación económica, gestionada por la Seguridad Social o la mutua (según corresponda). Los primeros tres días no se percibe salario en caso de enfermedad común o accidente no laboral.
  5. Partes de confirmación:

    • Si la baja se prolonga, el médico emitirá partes de confirmación periódicos (según la gravedad de la patología), que deben ser entregados al empleador para continuar recibiendo la prestación.
  6. Revisión médica:

    • El médico realizará revisiones para seguir la evolución del trabajador. Dependiendo de la mejora o empeoramiento, se pueden emitir más partes de confirmación o proceder al alta médica.
  7. Alta médica:

    • Cuando el trabajador está recuperado, el médico emite el parte de alta médica, que debe entregarse al empleador para finalizar la baja y reincorporarse al puesto de trabajo.

¿Una baja laboral es lo mismo que una incapacidad?

No, una baja laboral y una incapacidad no son lo mismo exactamente, aunque ambos términos se refieren a situaciones en las que el trabajador no puede desempeñar sus funciones.

La baja laboral es una situación temporal que permite al trabajador recuperarse de una enfermedad o accidente. Por otro lado, la incapacidad, ya sea permanente o parcial, se refiere a una condición más duradera o definitiva en la que el trabajador no puede reincorporarse a sus actividades habituales debido a una limitación física o mental.

Una incapacidad temporal y una baja laboral son, en la práctica, lo mismo. Ambos términos describen el período durante el cual un trabajador, por motivos de salud, no puede realizar sus tareas habituales y recibe atención médica y una prestación económica. La incapacidad temporal es el término jurídico utilizado oficialmente, mientras que baja laboral es el término coloquial que se usa con más frecuencia en la vida diaria.

Tipos de bajas laborales: aprende a identificarlas

Las bajas laborales se clasifican en dos grandes grupos, según el origen de la incapacidad temporal: contingencias comunes y contingencias profesionales.

Esta distinción es fundamental, ya que determina no solo el origen del problema de salud del trabajador, sino también el tratamiento económico que recibirá durante su baja y el tipo de gestión médica que se aplicará.

Baja por contingencias comunes

Incapacidad temporal del trabajador  causada por una enfermedad común o un accidente no laboral, es decir, situaciones que no tienen relación directa con el trabajo. 

En este caso, el trabajador deja de recibir su salario y pasa a percibir una prestación económica por incapacidad temporal. Según el Real Decreto 575/1997, los primeros tres días de baja no se cobra nada. A partir del cuarto día hasta el vigésimo, se cobra el 60% de la base reguladora, y desde el vigésimo primer día en adelante, el trabajador percibe el 75% de dicha base.

Ejemplo de Incapacidades Temporales por contingencias comunes

Aquí tienes algunos ejemplos de bajas por contingencias comunes::

  • Gripe o resfriado severo
  • Dolor lumbar o lumbalgia
  • Accidente doméstico
  • Migrañas
  • Infección urinaria
  • Cirugía no relacionada con el trabajo

Baja por contingencias profesionales

Este tipo de baja tiene su origen en causas relacionadas con la actividad laboral. Las bajas por contingencias profesionales se dividen en dos subtipos:

  • Enfermedad profesional: Son enfermedades que el trabajador desarrolla como consecuencia directa de su puesto de trabajo o la exposición a determinados agentes en su entorno laboral.

  • Accidente laboral: Son aquellos accidentes que ocurren durante la jornada laboral o en el trayecto de ida o vuelta al trabajo, conocidos como accidentes in itinere. En estos casos, el trabajador tiene derecho a percibir el 75% de la base reguladora desde el día siguiente a la baja, como lo establece el Real Decreto 575/1997.

Ejemplo de I.T. por contingencias profesionales

  • Accidente laboral en el lugar de trabajo
  • Accidente in itinere (trayecto hacia o desde el trabajo)
  • Enfermedad profesional por exposición a sustancias tóxicas
  • Lesiones por movimientos repetitivos (tendinitis, síndrome del túnel carpiano)
  • Caída en el entorno laboral
  • Daños auditivos por exposición continua a ruido en el trabajo

Otras bajas específicas

El marco normativo también contempla situaciones específicas que pueden generar una incapacidad temporal y están recogidas en los desarrollos legislativos posteriores, como el Real Decreto 1430/2009.

Incluyen situaciones graves como hospitalizaciones, intervenciones quirúrgicas, neoplasias malignas, cardiopatías o afecciones neurológicas. En estos casos, el trabajador suele recibir un complemento del 100% de su salario durante el periodo de baja, que suele ser más prolongado. Además, estas bajas implican un seguimiento médico intensivo y, en situaciones especiales como la violencia de género o complicaciones del embarazo, ofrecen una protección adicional y adaptaciones en el puesto de trabajo para la reincorporación. Ejemplo:

  • Hospitalización: Implicación de recibir el 100% del salario mientras dure la baja.
  • Intervención quirúrgica: El trabajador puede percibir el 100% de su salario durante el periodo de recuperación.
  • Neoplasias malignas (cáncer): Baja prolongada y complementada al 100%, con seguimiento médico intensivo.
  • Cardiopatías graves: Baja de larga duración, con posibilidad de complemento al 100%.
  • Afecciones neurológicas graves: Implica una baja prolongada y la posibilidad de recibir el 100% del salario.
  • Violencia de género: Baja con protección especial y posibilidad de adaptación del puesto de trabajo a la reincorporación.
  • Patologías psiquiátricas graves: Baja prolongada, con atención médica y psicológica constante.
  • Complicaciones graves del embarazo o puerperio: Baja larga con seguimiento médico especializado y posible complemento al 100%.

Estas bajas específicas están sujetas a criterios médicos detallados y protocolos de seguimiento que incluyen revisiones periódicas, como se estipula en los artículos relativos a los partes médicos de confirmación y alta médica.

Entonces, ¿qué baja podrían darme?

En el ámbito laboral, existen diferentes tipos de bajas según el origen de la incapacidad temporal. La siguiente tabla te ayudará a identificar qué tipo de baja corresponde según la patología o situación específica.

Algunas patologías, debido a su gravedad o a las condiciones específicas de la baja, pueden incluir un complemento del 100%, lo que significa que el trabajador recibirá el 100% de su salario durante el tiempo que dure la incapacidad, en lugar de un porcentaje reducido.

Esta tabla ofrece una visión clara y concisa sobre las patologías más comunes que generan incapacidad temporal y la forma en que se gestionan según la ley.

Patología Tipo de Baja
Enfermedad común o profesional Incapacidad temporal
Accidente (laboral o no laboral) Incapacidad temporal
Menstruación incapacitante Incapacidad temporal (contingencia común)
Interrupción del embarazo Incapacidad temporal
Gestación (semana 39) Incapacidad temporal
Hospitalización Complemento 100%
Intervención quirúrgica Complemento 100%
Neoplasias malignas Complemento 100%
Cardiopatías graves Complemento 100%
Afecciones neurológicas Complemento 100%
Cólico nefrítico/hepático Complemento 100%
Patologías oculares graves Complemento 100%
Afecciones respiratorias graves Complemento 100%
Violencia de género Incapacidad temporal
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